miércoles, 2 de septiembre de 2015

la Corte rechazó la audiencia y debe fallar en 60 días

Finalmente, fue pulgares abajo. Así se pronunció la Suprema Corte de Justicia de Mendoza al cabo de otra votación en plenario, a instancias de la Procuración, para decidir si finalmente se haría o no una audiencia pública a fin de discutir la inconstitucionalidad de la ley 7.722. El no se impuso por 5 a 2 y sepultó toda chance de discutir abiertamente en un foro antes de que el máximo tribunal emita sentencia definitiva.



Fue la segunda votación por parte de los ministros en el último mes. Cabe recordar que en agosto, con el mismo propósito, había ganado el rechazo a la audiencia, pero ajustadamente: 4 votos en contra y 3 a favor. Esta vez, el presidente de la Corte, Jorge Nanclares, que en primera instancia fue por el sí, revirtió su postura e inclinó la balanza por el no.
En realidad, fue un cambio en la modalidad acerca de si los 3 votos que inicialmente cosechó el sí podían imponerse, lo que cambió el panorama. En tal sentido, sólo se mantuvieron en tal postura Mario Adaro y Omar Palermo, mientras que Nanclares, a favor de realizar la audiencia pública pero también de decidir por mayoría simple, terminó por sumarse a la posición de sus pares Alejandro Pérez Hualde, Herman Salvini, Julio Gómez y Pedro Llorente.
Respecto a la consecución del proceso, Pérez Hualde remarcó que “no se trataba de discutir si el Poder Ejecutivo y el Legislativo aseguraron la suficiente participación ciudadana para el tratamiento de la ley 7.722. Ahora sí podemos definir si la norma es o no inconstitucional”. (Los Andes, Mendoza, 02/09/15)